Primero: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por las abogadas Claudia Angélica Moreno Garzón y Neisa Nava Ramírez, con el carácter de defensoras de los imputados NELSON JAVIER BALZA MOLINA y JOSE GRABEIRL ESCALANTE MONSALVE, , contra la decisión de fecha 15 de abril de 2011, dictada por el abogado Mike Omar Parada Amaya, Juez de Primera Instancia en función de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, decretó medida de privación judicial preventiva de libertad a los mencionados imputados, por la presunta comisión del delito de ocultamiento de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal, en concordancia con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Segundo: Confirma en todas y cada una de las partes la decisión señalada en el punto anterior.