ÚNICO: Se ANULA DE OFICIO la sentencia proferida el 7 de junio de 2013 por el Juzgado del Municipio Ayacucho de la de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, registrada en el Libro Diario bajo el N° A-37. En consecuencia, se declaran NULAS todas las actuaciones del presente juicio e INADMISIBLE la demanda que generó el procedimiento.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese esta decisión en el expediente Nº 2.910 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los diez (10) días del mes de febrero del año dos mil catorce. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.