ÚNICO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado FELIPE ORESTERES CHACÓN MEDINA, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ELVIA CASANOVA BAUTISTA, FLOR DE MARÍA CASANOVA BAUTISTA, LUIS ERNESTO CASANOVA BAUTISTA, ADOLFO CASANOVA BAUTISTA, RAMÓN CASANOVA SIERRA, BLANCA BAUTISTA DE CASANOVA y RODRIGO CASANOVA BAUTISTA, en contra del auto proferido en fecha 29 de noviembre 2013, dictado por el Juzgado Accidental de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, diarizado bajo el N° 01. En consecuencia, óigase la apelación ejercida contra la decisión dictada en fecha 21 de noviembre de 2013 en ambos efectos.
Remítase copia computarizada certificada de la presente decisión al Juzgado Accidental de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
Publíquese esta sentencia en el expediente N° 2.937 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedi.....