El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha veintiuno (21) de enero de 2019, por la co-apoderada de los demandantes, contra el auto de fecha dieciséis (16) de enero de 2019 dictado por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: QUEDA MODIFICADO el AUTO de fecha dieciséis (16) de enero de 2019 proferido por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de esta Circunscripción Judicial, en el sentido que se ADMITEN la pruebas de posiciones juradas, informes y exhibición promovidas en los capítulos IV, V y VI del escrito presentado el día 07-01-2019.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA en costas procesale.....