EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declaró: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 20 de julio de 2009, por el abogado Alí Cañizales Dávila, actuando con el carácter de apoderado de la parte demandada ciudadana Mireya Gálvez de Jiménez, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial en fecha 17 de Julio de 2009. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida por el a quo en fecha 17 de Julio de 2009, en la causa contenida en el expediente signado con el No. 11725. TERCERO: SE CONDENA en costa a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido confirmado el fallo apelado.Queda así CONFIRMADO el fallo apelado.