El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha veintinueve (29) de abril del año 2009, por el apoderado de la parte demandada, abogado Jonás Alí Peñaloza Guillén, contra el auto dictado en fecha veintisiete (27) de abril de 2009 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en fecha veintiocho (28) de mayo del año 2009, que oyó la apelación en el efecto devolutivo, que ejerció el apoderado de la parte demandada, abogado Jonas Alí Peñaloza Guillen, por ser inapelable el auto dictado por el a quo en fecha veintis.....