PRIMERO: Se declara Sin Lugar, la apelación intentada por la parte demandante, COLEGIO SAN CRISTÓBAL C.A., representado por su Gerente General ROMULO JOSE COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.924.780.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia dictada por el aquo, que declaró inadmisible la demanda que por retracto legal arrendaticio conjuntamente con solicitud de dejar sin efecto y valor jurídico la venta efectuada entre el arrendador y los co demandados, es interpuesta por la Sociedad Mercantil Colegio San Cristóbal C.A., representado por su Gerente General ROMULO JOSE COLMENARES, contra los ciudadanos: ETILA MARGARITA SANCHEZ DE GONZALEZ, MARIA MERCEDES GONZALEZ SANCHEZ, HERNAN ALBERTO GONZALEZ SANCHEZ y MARIA ESTELA GONZALEZ SANCHEZ.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante por resultar totalmente vencida.