Este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado JHONNY CLARET DUQUE apoderado judicial de la parte demandante CINTHIA COROMOTO IBARRA APOLINAR contra la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira de fecha 13 de julio de 2018.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 13 de julio de 2018. En consecuencia, SE ORDENA al tribunal a quo, pronunciarse sobre la procedencia o no del FRAUDE INCIDENTAL denunciado y tramitar todo el proceso ordinario para resolver en la oportunidad legal de la definitiva, el fondo de la controversia.
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