PRIMERO: con lugar, la inhibición propuesta por el abogado Josue Manuel Contreras, juez del juzgado segundo de primera instancia en lo civil, mercantil y tránsito de la circunscripción judicial del Estado Táchira, contenida en acta de fecha 29 de enero de 2010, por encontrarse incursa en la causal prevista en el numeral 15° del artículo 82° del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión, a los juzgados primero, segundo, tercero y cuarto de primera instancia en lo civil, mercantil y tránsito de esta circunscripción judicial y al juzgado de primera instancia en lo civil, mercantil y agrario de esta circunscripción judicial. Regístrese, déjese copia fotostática certificada de la presente decisión, conforme lo establece el artículo 248 del código de procedimiento civil y archívese el expediente.