En virtud de los razonamientos antes expuestos, y del criterio doctrinal y jurisprudencial trascrito, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la inhibición propuesta por la Abogada. REINA MAYLENI SUÁREZ, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, contenida en acta de fecha 10 de Noviembre de 2008.
SEGUNDO: Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión, a los Juzgados Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Agrario de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito y al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, todos de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.