PRIMERO: Declarar Parcialmente Con Lugar la solicitud de FIJACION de Obligación de Manutención planteada por MANUELA OLIVITA MADERA, titular de la cédula No. V-22678730 de este domicilio, en su condición de Madre de MEDERLIN YUWLANLLER RAMIREZ OLIVITA y al cargo de JORGE ALEXANDER RAMIREZ RAMIREZ, titular de la cédula de identidad N° V-9347809, con domicilio laboral en Caracas, en su condición de Padre,
SEGUNDO: Ordenar a JORGE ALEXANDER RAMIREZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-9347809, con domicilio laboral en Caracas, en su condición de Padre, pagar a partir de la presente fecha, la suma de UN MIL DOSCIENTOS Bolívares (Bs. 1.200,oo) mensuales equivalente a 59,63 % del sueldo mínimo nacional o 13,33 unidades tributarias, doble en agosto y diciembre de cada año, por concepto de Obligación de Manutención en favor de su hija, mediante depósito bancario;
TERCERO: Ajustar en base a la inflación, que resulte del IPC del Banco central y la capacidad.....