ESTE TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: ÚNICO: Se declara procedente y con lugar la revisión la Medida Cautelar de Privación Judicial de libertad y se acuerda Medida Cautelar Sustitutiva a favor de los acusados 1) DEIVIS JOSE VILLALOBOS PEREZ de nacionalidad Venezolano, natural de estado Zulia, Maracaibo , nacido el 09-06-1980, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V – 15.162.050, de profesión u oficio taxista, de estado civil soltero, hijo de Arciela Isabel Pérez (v) y Danilo José Villalobos Finol residenciado La invasión sector el Torbes Parroquia Cárdenas, ESTADO TACHIRA casa S/N, teléfono 0424-756.61.10 (PERSONAL) 0424-783.21.33 (esposa yuliany uzcategui), 0426-861.9065 (hermano Aníbal), 2) ELIECER GREGORIO BECERRA CORDERO de nacionalidad Venezolano, natural de san Cristóbal , nacido el 12-01-1982, de 33 años de eda.....