En horas de despacho del día de hoy, lunes 30 de mayo de 2016, siendo las diez y cero (10:00 a.m.) de la tarde, día y hora fijada por este Tribunal por auto de fecha de 16 de mayo de 2016, para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar prevista en el artículo 868 del Código de Procedimiento Civil, se trasladó y constituyó este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Primero de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, ubicada en la esquina de la calle 6 con carrera 10 del Centro Comercial Europa de esta ciudad de San Cristóbal, en virtud de que este Tribunal no dispone del espacio físico idóneo para tal fin, en la persona de la Juez Titular Abg. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ, la Secretaria Temporal Abg. NORMA MAGALLY ONTIVEROS CHACON, y el Alguacil titular ciudadano IVAN GARCIA; previo anuncio del acto por el Alguacil a las puertas del Tribunal en la forma de Ley, a los fines de llevar a efecto la celebración de la AUDIENCIA DE PRELIMINAR, se constató la presencia de: la ciudadana LIDA NEIZA JAIMES PINTO, titular de la cédula de identidad N° V-22.638.9933, en su condición de Presidente de la Empresa Mercantil SERVICIOS INMOBILIARIOS LOS ANDES, C.A., parte demandante, asistida por el abogado en ejercicio PEDRO GERARDO PINEDA CARDENAS, inscrito en el IPSA bajo el N° 118.633; así mismo, el ciudadano LUIS ALEJANDRO BERNAL MENDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-13.763.121, propietario del Fondo de Comercio UÑAS SANTO DOMINGO, parte demandada, asistido por el abogado en ejercicio MIGUEL EDUARDO NIÑO ANDRADE, inscrito en el IPSA bajo el N° 52.833, y acompañado de su coapoderada judicial la abogado en ejercicio LUZ OMAIRA NIÑO, inscrita en el IPSA bajo el N° 192.005. Ahora bien, presente como están las partes, se establece las reglas mínimas a seguir en el desarrollo de esta audiencia, la cual será presidida por la Abogada ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ, en su carácter de Juez Titular de este Tribunal, quien seguidamente declara abierto el acto y da inicio a la Audiencia Preliminar, recordándole a las partes la importancia del uso de los medios alternos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para las partes y de este modo lograr ahorro de energía y recursos, evitando un proceso prolongado, instando a las partes presentes a buscar una solución consensuada al conflicto, informándole a las mismas que el objeto de la presente audiencia de conformidad con el articulo 868 del Código de Procedimiento Civil se basa principalmente en que las partes expresen si conviene o no en algunos de los hechos, pudiendo admitir si consideran probados determinados hechos, pueden igualmente expresar su opinión sobre las pruebas de la contraparte, pudiendo realizar las observaciones pertinentes para fijar los limites de la controversia. A tal efecto, se le concede el derecho de palabra a la parte demandante, quien expone: “Ciudadana Juez, se han presentado muchos inconvenientes, si el transfiere debe presentar pruebas que lo ha hecho y no lo hace, no cancela condominio, no quiso firmar contrato de arrendamiento, no firma notificaciones, se le han pasado correos, no ha querido firmar nada, no paga servicios y sólo queremos la entrega del local, es todo”; acto seguido se le concede el derecho de palabra a la parte demandada, quien expone: “Ciudadana Juez, con base a lo que ha expuesto la parte demandante, es falso que mi asistido este insolvente, ya que ha cancelado totalmente todo, se han realizado por medio de transferencias, por cuanto la demandante se ha negado a recibir pagos, se hacen depósitos de provincial a Banesco, todo esta cancelado tanto mensualidad como condominio, es decir, esta solvente por ambos conceptos y así esta comprobado con lo anexado al escrito de demanda, así mismo la estimación de la demanda la rechazo e impugno; rechazo la inspección judicial por es impertinente e improcedente, solicito se admitan las pruebas presentadas como anexos. Es todo”. En este estado La Juez Titular le informa a la parte que dentro de los tres días de despacho siguientes al de hoy, hará la fijación de los hechos y límites de la controversia.- Terminó, se leyó y conformes firman siendo las once y cero minutos de la mañana (11:00 am).




Abg. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
Juez Titular




LIDA NEIZA JAIMES PINTO Abg. PEDRO GERARDO PINEDA CARDENAS
Parte demandante Abogado asistente de la parte demandante



LUIS ALEJANDRO BERNAL MENDEZ Abg. LUZ OMAIRA NIÑO
Parte Demandada Co apoderada Judicial de la parte demandada



Abg. MIGUEL EDUARDO NIÑO ANDRADE
Abogado Asistente de la parte demandada



CARLOS IVAN GARCIA GUERRERO Abg. NORMA MAGALLY ONTIVEROS CH
Alguacil Secretaria Temporal
Exp. N° 151-16
RMCQ/Magally o.