PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO en contra de los acusados FREDDY JAVIER GUERRERO RAMIREZ, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de la San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 29-05-1982, de 31 años de edad, titular de la cedula N° V-15.565.095, de estado civil soltero, de ocupación Moto Taxista, residenciado en La Fría, Urbanización Hugo Chávez, calle, 7, casa 160, Estado Táchira, teléfono 0277-4112094, por la presunta comisión del delito de COMPLICE DE EXTORSION, previsto y sancionado en el articulo 11 en concordancia con el articulo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión y JOSE LUIS GUEDEZ CARMONA, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Barquisimeto Estado Lara, nacido en fecha 02-03-1992, de 21 años de edad, titular de la cedula N° V-20.015.593, de estado civil soltero, de ocupación Comerciante, residenciado en Kugicentro, por el Mercadal, casa 43-21, Barquisimeto, Estado Lara, teléfono 0251-8866488, por la .....