1. Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por ZENAIDA TORRES VIVAS asistida por el Abogado HÉCTOR JOSÉ CONTRERAS CONTRERAS.
2. ANULA, en los términos aquí expuestos, la decisión dictada el 01 de Junio de 2009, por el Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 09, de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de entrega del vehículo CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDÁN, USO PARTICULAR, COLOR ACTUALMENTE GRIS PLOMO, AÑO 1986, MODELO CHEVETTE, MARCA CHEVROLET, SERIAL DEL MOTOR 5GV221220, SERIAL DE CARROCERÍA 5C115GV221220, realizada por la ciudadana ZENAIDA TORRES VIVAS.
3. Se ordena que un Juez distinto, al que dictó la decisión anulada, resuelva la pretensión interpuesta por la recurrente, mediante un pronunciamiento fundado en derecho, conforme lo dispone el artículo 26 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, presc.....