DISPOSITIVA.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las bienhechurias descritas, a favor del ciudadano Ender Alexander Ortiz Jaimes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-12.235.730, domiciliado en la Aldea La Colorada, vía Pregonero, Finca Doña Rosa, San José de Bolívar, Municipio Francisco de Miranda del estado Táchira, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos Horacio Castillo Morantes y Carmen Teresa Ortiz Jaimes, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identiadad N° V.-20.226.171 y V.-21.000.930, respectivamente, dejándose a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo estab.....