PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio VICTOR ARMANDO PULIDO, inscrito en el IPSA, Bajo el N° 81.918 actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadana MARÍA TERESA VALLEJOS DE TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-22.675.139,, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de Agosto del 2010, por el Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se CONFIRMA EN OTRA MOTIVA LA DECISIÓN, EN TODAS SUS INSTANCIAS E INCIDENCIAS, proferida en fecha 13 de Agosto del 2010, por el Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS A LA PARTE APELANTE de conformidad con el articulo 274 del Código de Procedimiento Civil.