este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Número Tres del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD POR UNA MENOS GRAVOSA, de las previstas en el artículo 256 ordinales 3º, 4º y 8° en concordancia con el artículo 258, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado GERSON PARADA, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 26-03-1976, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.785.813, de profesión u oficio construcción, de estado civil soltero, domiciliado en el barrio el cementerio, parte alta, vía principal, casa sin número, csaa de color azul, Capacho Libertad, Estado Táchira, a quien se les imputa la presunta comisión del delito de CORRUPCION PASIVA, previsto y sancionado en el Artículo 63 en concorda.....