CON LUGAR, la Solicitud de DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN. Formulada por los ciudadanos: JOSÉ JESÚS JAIMES MORENO y LIGIA VIDALIA FONSECA GODOY, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-9.188.236 y V-3.064.682, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el abogado LUÍS ALBERTO ROA PINEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.189.429, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 177.804. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los solicitantes por acto celebrado en fecha 21 de diciembre de 2.007, por ante este Tribunal, según consta en el acta N° 87.