PRIMERO: DECLARA CULPABLE Y RESPONSABLE PENALMENTE al ciudadano JESÚS EDUARDO GARCÍA, de nacionalidad venezolana, natural de San Antonio del Táchira, nacido en fecha 15 de octubre de 1963, de 45 años de edad, hijo de José Ángel Sánchez (f) y de Olga García Galviz (v) titular de la cedula de identidad Nº V-9.243.360, soltero, de profesión u oficio Mecánico Automotriz, domiciliado en la carrera 11, Nº 11-25, Barrio Ruiz Pineda, detrás del Central Azucarero, Ureña, Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente, y lo CONDENA a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SEGUNDO: Se EXONERA al acusado del pago de las costas procesales, conforme al artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana.....