este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO UNO EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE:
PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA en cuanto AL DELITO DE VIOLENCIA FISICA AGRAVADA y LESIONES PERSONALES GRAVES previstos y sancionados en los artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 65 numeral 4 ejusdem, y artículo 415 del Código Penal, en la aprehensión del imputado WILMER RAMON RANGEL PERNIA, Venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, de 40 años de edad, nacido en fecha 18-05-1975, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad No. V-13792481, de profesión u oficio indefinida, domiciliado en Sector C Calle 02 Casa No. 8 La Cuchilla Santa Ana del Táchira, teléfono 0416470.....