PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento en la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil INDUSTRIAS METALICAS, C.A. en contra de la Providencia Administrativa N° 008-2007 de fecha 24 de agosto de 2007, y contra la planilla de liquidación de multa N° 0159/0059, dictada por Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Táchira, Mérida, perteneciente al Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL)
SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Ofíciese a la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Táchira "Nancy Lozano" y Municipios Páez y Muñoz del Estado Apure, adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel), con inserción de copia certificada del presente fallo.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala del despacho del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judi.....