ÚNICO: DECLARA INADMISIBLE el RECURSO DE HECHO interpuesto por el abogado JUAN PABLO DÍAZ OSORIO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSORA LA 11, C.A., contra el auto dictado en fecha 21 de enero de 2021 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que declaró improcedente la apelación interpuesta, por cuanto contra el auto apelado no cabe recurso de apelación. Remítase copia fotostática certificada de la presente decisión al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, donde cursa el expediente No. 20426.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la misma en formato digital PDF según lo preceptuado en Resolución número 2016-0021 de fecha 14 de diciembre de 2016 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y en su oportunidad legal, desincorpórese el expediente.
Dada, firmada, sella.....