Se decreta medida cautelar sustitutiva a la medida judicial preventiva de libertad al imputado Jesús Enrique Cárdenas Vargas, plenamente identificado, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de acoso u hostigamiento, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio de las adolescentes Y.Y.T.C., y S.G.T.C., (identidad omitida por disposición expresa de Ley, específicamente en lo establecido en el Art. 65 de la LOPNNA), imponiéndosele el cumplimiento de las siguientes obligaciones: 1.- Arresto transitorio por cuarenta y ocho (48) horas por ante el órgano aprehensor. 2.- Presentaciones cada cuarenta y cinco (45) días por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito de Violencia contra la Mujer. Y, 3.- Someterse al proceso, de conformidad con el artículo.....