Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA EXTENSIÓN SAN ANTONIO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
ÚNICO: AMPLIA EL LAPSO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, por el periodo de DOS (02) MESES, debiendo el ciudadano TOMÁS EMRIQUE MEDINA DEPABLOS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 18 de abril de 1.968, de 39 años de edad, hijo de Tomás Medina (v) y de Olga Depablos Medina (v), titular de la cedula de identidad No. V-7.263.277, soltero, de profesión u oficio Chofer, residenciado en el Chicaro, Urbanización la Ahumada, calle principal casa sin número; a 200 metros de la escuela, al lado del señor Misael y del señor Chucho, Rub.....