: PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 75.000,00), cantidad que comprende los siguientes conceptos laborales: La cantidad de Bs. 5.251,51 por concepto de fideicomiso acreditado en el Banco Nacional de Crédito; la cantidad de Bs. 3.268,11 por prestaciones sociales a cancelar por la empresa; la cantidad de Bs. 22.805,04 por el doblete establecido en el artículo 92 LOTTT; la cantidad de Bs. 25.000,00 por el valor y gastos de cirugía en que incurrirá el trabajador y la cantidad de Bs. 18.675,34 por concepto de indemnización por accidente de trabajo. La anterior suma es pagada por la empresa a través de cheque n° 31175284 del Banco Mercantil, cuenta corriente n° 0105 0093 11 1093041560 por la cantidad de Bs. 69.748,49, de fecha 20-02-2013 a nombre de Jaime Triana Torres, y la cantidad restante, es decir, Bs. 5.251,51 se encuentra disponible a favor del trabajador, en el fideicomiso del Banco Nacional d.....