JUZGADO DEL MUNICIPIO PEDRO MARÍA UREÑA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Juan de Ureña, dieciocho (18) de Octubre del año dos mil cinco.-
195° y 146°
Asumidas como han sido las funciones de quien suscribe como Jueza Suplente de este Juzgado.- ME AVOCO al conocimiento de la presente causa y en base al Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela , en concordancia con el Artículo 257 ejusdem, se continua el proceso en el estado en que se encuentra.-En tal virtud vistas las actas procesales que conforman el presente expediente N° 451-2.004 contentivo del juicio de OBLIGACION ALIMENTARIA, seguido por la ciudadana; PRADO DONADO, MARIA DEL CARMEN, Colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº CC-37.259.926, contra CORREDOR SANTAMARÍA, RODOLFO, Colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº CC-88.212.870, y por cuanto se evidencia de sus actas que en fecha 21 de Septiembre de 2.004, las .....