Declara:
PRIMERO: Con Lugar, la solicitud de Ofrecimiento de Obligación de Manutención; interpuesto por el ciudadano JOSÉ GREGORIO MORENO MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.348.093, en contra de la ciudadana CLARIBEL DEL CARMEN RAMÍREZ ARELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.348.427, en beneficio de sus hijas G.JM.R y M.CM.R., quedando la Obligación de Manutención establecida en la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs.5.000,oo), y para el mes de diciembre la cantidad adicional de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,oo), para el 50% de compra de ropa y calzado de la época dicembrina y para el mes de septiembre una cuota adicional de CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 40.000,oo) para el 50% de compra de útiles escolares y uniformes escolares. Cantidades que deben ser depositadas en la cuenta de ahorro que ordeno este Tribunal aperturar en el Banco Bicentenario a partir de la fecha quede definitiva.....