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Decisiones del dia 14/08/2017

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 4 5 6 7 8 [Total de sentencias: 77] Página 8 de 8
N° Expediente : EXP.227-17 N° Sentencia : Fecha: 14/08/2017
Procedimiento:
Desalojo (Local Comercial)
Partes:
ALICIA CONTRERAS DE OMAÑA Y SOCIEDAD MERCANTIL GRUPO CINCO, C.A., REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE EL CIUDADANO GUSTAVO ADOLFO CALLE ARIAS
Resumen:
En consecuencia, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, procede a HOMOLOGAR la transacción, por cuanto versa sobre materias en las cuales no están prohibidas las transacciones, dándose por terminado el proceso y se procede como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada y así se decide. El presente expediente se archivará una vez conste en autos el cumplimiento total de la transacción celebrada.
Juez/Ponente:
Rosa Mireya Castillo Quiroz
Organo:
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes.
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N° Expediente : EXPEDIENTENo.356-1 N° Sentencia : 182-17 Fecha: 14/08/2017
Procedimiento:
Desalojo (Local Comercial)
Partes:
PARTE DEMANDANTE: FREDDY ROJAS PÉREZ Y ALCIDES ROJAS PEÉREZ, PARTE DEMANDADA: MIGUEL ALBERTO PINTO ALVARADO
Resumen:
De la relación elaborada y estampada sobre el caso de marras se evidencia claramente los supuestos de la perención, puesto que desde que se admitió la demanda hasta la presente fecha, transcurrió mas de Un (01) año y Seis (06) meses, sin actuación del solicitante para impulsar el proceso hasta que el juicio llegue hasta su fin último como lo es la sentencia definitiva y su consecuente ejecución, evidenciándose un claro abandono del proceso o lo que se puede describir como una clara pérdida de interés en el juicio. Ahora bien, por cuanto la sanción debe ser dictada tan pronto se constate la condición objetiva y evidenciado los supuestos de la perención como lo es 1) la inactividad de las partes; y 2) el transcurso de un lapso de tiempo; para este caso un año, por cuanto la perención opera de pleno derecho, es forzoso para quien aquí juzga DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.....
Juez/Ponente:
Felix Matos
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes.
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N° Expediente : EXPEDIENTENo.407-15. N° Sentencia : 185-17 Fecha: 14/08/2017
Procedimiento:
Desalojo (Local Comercial
Partes:
PARTE DEMANDANTE: S. M. VIUR C.A. REPRESENTADA POR EL CIUDADANO CARLOS IGNACIO MATAMOROS PACHECO, PARTE DEMANDADA: EDGAR JOSÉ GARCIA CHACÓN
Resumen:
De la relación elaborada y estampada sobre el caso de marras se evidencia claramente los supuestos de la perención, puesto que desde que se admitió la demanda hasta la presente fecha, transcurrió mas de Un (01) año y Seis (06) meses, sin actuación del solicitante para impulsar el proceso hasta que el juicio llegue hasta su fin último como lo es la sentencia definitiva y su consecuente ejecución, evidenciándose un claro abandono del proceso o lo que se puede describir como una clara pérdida de interés en el juicio. Ahora bien, por cuanto la sanción debe ser dictada tan pronto se constate la condición objetiva y evidenciado los supuestos de la perención como lo es 1) la inactividad de las partes; y 2) el transcurso de un lapso de tiempo; para este caso un año, por cuanto la perención opera de pleno derecho, es forzoso para quien aquí juzga DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.....
Juez/Ponente:
Felix Matos
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes.
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N° Expediente : EXPEDIENTENo.434-16. N° Sentencia : 187-17 Fecha: 14/08/2017
Procedimiento:
Rectificación De Boleta De Nacimiento
Partes:
PARTE SOLICITANTE: ANAIS DEL CARMEN CARDENAS GALVIS
Resumen:
De la relación elaborada y estampada sobre el caso de marras se evidencia claramente los supuestos de la perención, puesto que desde que se admitió la demanda hasta la presente fecha, transcurrió mas de Un (01) año y seis (06) meses, sin actuación del solicitante para impulsar el proceso hasta que el juicio llegue hasta su fin último como lo es la sentencia definitiva y su consecuente ejecución, evidenciándose un claro abandono del proceso o lo que se puede describir como una clara pérdida de interés en el juicio. Ahora bien, por cuanto la sanción debe ser dictada tan pronto se constate la condición objetiva y evidenciado los supuestos de la perención como lo es 1) la inactividad de las partes; y 2) el transcurso de un lapso de tiempo; para este caso un año, por cuanto la perención opera de pleno derecho, es forzoso para quien aquí juzga DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civi.....
Juez/Ponente:
Felix Matos
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes.
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N° Expediente : EXPEDIENTENo.450-16. N° Sentencia : 189-17 Fecha: 14/08/2017
Procedimiento:
Rectificación De Boleta De Nacimiento
Partes:
PARTE SOLICITANTE: BETTY XIOMARA CRUZ DE MEJIA
Resumen:
De la relación elaborada y estampada sobre el caso de marras se evidencia claramente los supuestos de la perención, puesto que desde que se admitió la demanda hasta la presente fecha, transcurrió mas de Un (01) año y cinco (05) meses, sin actuación del solicitante para impulsar el proceso hasta que el juicio llegue hasta su fin último como lo es la sentencia definitiva y su consecuente ejecución, evidenciándose un claro abandono del proceso o lo que se puede describir como una clara pérdida de interés en el juicio. Ahora bien, por cuanto la sanción debe ser dictada tan pronto se constate la condición objetiva y evidenciado los supuestos de la perención como lo es 1) la inactividad de las partes; y 2) el transcurso de un lapso de tiempo; para este caso un año, por cuanto la perención opera de pleno derecho, es forzoso para quien aquí juzga DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civ.....
Juez/Ponente:
Felix Matos
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes.
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N° Expediente : EXPEDIENTENo.300-15. N° Sentencia : 178-17 Fecha: 14/08/2017
Procedimiento:
Desalojo (Vivienda)
Partes:
PARTE DEMANDANTE: VICTOR MANUEL RUEDA SUAREZPARTE DEMANDADA: GUILLERMINA LOZADA
Resumen:
De la relación elaborada y estampada sobre el caso de marras se evidencia claramente los supuestos de la perención, puesto que desde que se admitió la demanda hasta la presente fecha, transcurrió mas de Dos (02) años y Un (01) mes., sin actuación del solicitante para impulsar el proceso hasta que el juicio llegue hasta su fin último como lo es la sentencia definitiva y su consecuente ejecución, evidenciándose un claro abandono del proceso o lo que se puede describir como una clara pérdida de interés en el juicio. Ahora bien, por cuanto la sanción debe ser dictada tan pronto se constate la condición objetiva y evidenciado los supuestos de la perención como lo es 1) la inactividad de las partes; y 2) el transcurso de un lapso de tiempo; para este caso un año, por cuanto la perención opera de pleno derecho, es forzoso para quien aquí juzga DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.....
Juez/Ponente:
Felix Matos
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes.
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N° Expediente : 2962 N° Sentencia : 09 Fecha: 14/08/2017
Procedimiento:
Divorcio Mutuo Consentimiento
Partes:
JESÚS MANUEL CÁCERES OCHOA Y MARIANA COROMOTO VELANDRIA MELENDEZ
Resumen:
este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio Por Mutuo Consentimiento, de los cónyuges: JESÚS MANUEL CÁCERES OCHOA y MARIANA COROMOTO VELANDRIA MELÉNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-21.417.060 y V-19.541.130,. En virtud, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Córdoba estado Táchira, según consta de acta de matrimonio número N° 11 de fecha Cinco (05) de Abril de 2013. Liquídese la sociedad conyugal, si hubiere lugar a ello. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Se acuerda remitir copia certificada a los al Registro Civil del Municipio Córdoba y Registro principal del estado Táchira .....
Juez/Ponente:
Jesús Alexander Landinez Niño
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba.
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