Se procede a calcular dicha antigüedad de conformidad con lo establecido en el artículo 142 literal c de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y la Trabajadoras, le corresponden 62,5 días por la cantidad de 761,49 Bs/ diarios, es igual a Bs. 47.593,25.
Se le paga la cantidad de Bs. 73.936,27.
SEGUNDO: Por concepto de VACACIONES VENCIDAS Y NO DISFRUTADAS Y VACACIONES FRACCIONADAS, le corresponden 32,41 días que multiplicados por el salario de Bs. 758,33 diarios, arroja la cantidad de Bs. 24.577,48.
TERCERO: Por concepto de BONO VACACIONAL VENCIDAS Y NO PAGADO Y VACACIONES FRACCIONADAS, le corresponden 32,41 días que multiplicados por el salario de Bs. 758,33 diarios, arroja la cantidad de Bs. 24.577,48.
CUARTO: Por concepto de UTILIDADES VENCIDO NO PAGADO, le corresponden 30 días que multiplicados por el salario de Bs. 469,93 diarios, arroja la cantidad de Bs. 14.097,90
QUINTO: Por concepto de INDEMNIZACION POR DESPIDO INJUSTIFICADO, articulo 92 de la Ley O.....