Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 8, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Revoca la medida cautelar sustitutiva a la privación preventiva de libertad otorgada en fecha 05/01/2008 al imputado DANNY JOSÉ GUDIÑO ROMAN, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 18.377.026, nacido en fecha 18/10-1985, con residencia en el Sector Campo Estrella de Monay, calle principal, casa S/N, a cuadra y media del ambulatorio, Trujillo estado Trujillo, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado venezolano; de conformidad con el artículo 262 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta la pr.....