Por todos los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto a la ciudadana MURILLO BAUTISTA ANA MELIDA, titular de la cedula de identidad N° V-9.228.035, quien se encontraba cumpliendo el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, que este Tribunal acordó a su favor por decisión de fecha 02 de marzo 2007, por el delito de Distribución de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y 17 DIAS, a partir de esa fecha, y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD .....