PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud por AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la ciudadana CARMEN MILAGRO NIETO LOBO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº V-5.029.332 y domiciliada en el Municipio Libertad, Estado Táchira; contra el ciudadano LUIS ROBERTO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.621.941 y con domicilio en el Municipio Libertad del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE AUMENTA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA BOLÍVARES (Bs. 270,00), los cuales deberá depositar el obligado alimentario, a partir del mes de Septiembre de 2010, en la cuenta de ahorros aperturada para tal fin.
TERCERO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar y decembrina, se fija una cuota extraordinaria, en la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs.300,00) CADA UNA, adicionales a la cuota ordinaria mensual.
CUARTO: En relación con los gastos de asistencia médica y medicinas, ésto.....