En consecuencia, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JU¬DICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RE¬SUELVE: Niega la solicitud de revisión de la medida y en tal sentido se MANTIENE EN TODOS Y CADA UNO DE SUS EFECTOS LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada en fecha 16-06-2009, en contra del imputado GUIDO ALFONSO SANCHEZ OVALLOS, quien dice ser de nacionalidad venezolano por naturalización, natural de Ocaña, Norte de Santander, República de Colombia, con fecha de nacimiento el 20 de septiembre de 1.959, de 49 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-22.688.561, hijo de Victorina Ovallos (v) y de Carmen David Sánchez (f), de estado civil casado, profesión comerciante, residenciado aldea Caña, sector las rurales, Casa N° 61-90, de color amarilla, Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira, presunt.....