Visto el desistimiento realizado en fecha 05 de agosto del presente año, por la abogada en ejercicio ANA ROSA PAZ SÁNCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.378, actuando con el carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante, Sociedad Mercantil FINANCIAUTO C.A.; esta Juzgadora una vez revisado el mismo, y observando que no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. De igual manera, conforme a lo solicitado por la diligenciante se ordena el desglose de las Letras de Cambio identificadas con los Nros. 8/12, 9/12, 10/12, 11/12 y 12/12, dejando en su lugar la correspondiente copia certificada, y entregarlas al co-demandado, ciudadano RAFAEL NIÑO RODRÍGUEZ. Para la elaboración de los fotostatos se comisiona amplia y suficientemente al ciudadano LEÓN ALFONSO SILVA CÁRDENAS, titular de la .....