SE ACUERDA LA CAPTURA del ciudadano: OMAR CACERES RODRIGUEZ, de nacionalidad COLOMBIANA, fecha de nacimiento 08-05-1986, de estado civil CASADO, de profesión u oficio CARPINTERO, titular de la cedula de ciudadanía Nº CC-1.093.737.372, domiciliado en ALDEA MENORICA, VIA SISCATERA CERCA DE LA ESCUELA 200 METROS APROXIMADAMENTE SEBORUCO MUNICIPIO SEBORUCO Estado Táchira, TELEF 0426-7779556, a quien se le sigue en el presente juicio, por la presunta comisión del delito de: VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de las ciudadanas: LOANYS DAYANA MONAGAS CHIRINOS Y SARAY JOHANNA MONAGAS CHIRINOS, de conformidad con lo establecido en los artículos 248.3, 250 y 236 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en concordancia con los artículos 2º, 26°, 49° y 257°, y del articulo 44° ordinal 1º todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUND.....