Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la rectificación de la Partida de Nacimiento número 679, de fecha 19 de octubre de 1936, perteneciente a la ciudadana GLADYS MIREYA SIERRA DE CONTRERAS, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Junín, Estado Táchira y por ante el Registro Principal del Estado Táchira, en el sentido de que figure el nombre de su señora madre como: "EDELMIRA SIERRA SANCHEZ", y no "ERMIRA SIERRA", como erróneamente se transcribió.
En consecuencia, se ordena al Registro Civil del Municipio Junín, Estado Táchira y al Registro Principal del Estado Táchira, a colocar una nota marginal en la Partida de Nacimiento, antes referida. Ofíciese lo conducente, remitiéndole copia certificada de esta decisión.