III
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones que anteceden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Constitución y sus Leyes, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoara la Abogada Ciudadana DAISY COROMOTO DURÁN IBARRA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V.-8.101.267 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.493, domiciliada en el Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y civilmente hábil, contra la Ciudadana BETTY ROSALÍA RUIZ RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° V.-5.656.837, domiciliada en el Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y civilmente hábil. Se declara el derecho que tiene la abogada DAISY C.....