PRIMERO: Declara Parcialmente Con Lugar la solicitud de Fijación de Pensión de Alimentos formulada por la ciudadana SANDRA THALY MOLINA DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-10.164.288, domiciliada en Tucapé, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre del niño (omitido lopna), contra el ciudadano PEDRO GREGORIO SANCHEZ OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-10.162.198, domiciliado en San Antonio, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Pensión de Alimentos para el niño (omitido lopna), la cantidad de NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA BOLIVARES (Bs.96.370,00) mensuales, pagaderos dentro de los cinco primeros días de cada mes y ajustados anualmente por la inflación tomando en cuenta los I.P.C. emitidos por el Banco Central y la capacidad económica del Obligado.-
TERCERO: Se establece como cuota especial y adicional a la Pensión de Alimentos fijada, la cantid.....