Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por la Ciudadana DIANA HINOJOSA DE PEÑA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-3.073.248, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 8.733, de este domicilio, actuando por sus propios derechos, contra la Ciudadana NANCY ROSALES ABREU, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 4.155.782 y de este domicilio. En consecuencia se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Cancelar a la parte demandante, Ciudadana: DIANA HINOJOSA DE PEÑA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.073.248, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Soc.....