DECISIÓN
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la demanda de NULIDAD DE VENTA, incoada por el ciudadano ARTURO CONTRERAS SUAREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-4.327.476, actuando en su nombre y representación; contra los ciudadanos VIDAL VIELMA JUAREZ, VIDAL JAVIER VIELMA ROJAS, ANGELA YELITZA VIELMA ROJAS Y JACKELYN ALEXANDRA VIELMA ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V-2.445.445, V-12.351.143, V-14.517.729 y V-18.097.117, respectivamente, los tres último es su condición de herederos de la occisa EVA DIGNA ROJAS ARAQUE. De conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2023-.....