PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso Ordinario de Apelación, ejercido por la ciudadana Belquiz Abril De Iriarte, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 5.662.927, en contra de la decisión de fecha 14 de agosto del 2024, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se MODIFICA la decisión recurrida proferida por el Tribunal A quo y se declara el desistimiento, de conformidad al artículo 265 Código de Procedimiento Civil, extinguiendo en este estado la instancia, pudiendo el accionante interponer nuevamente la acción, en similares términos en que fue propuesta, una vez concluya el lapso previsto en el artículo 266 eiusdem.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
CUARTO: Una vez se encuentre definitivamente firme la presente decisión, se.....