PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud de sobreseimiento formulada por el abogado JUAN CARLOS GALINDO LUNA, por considerara que su fundamento debe ser debatido en el desarrollo del juicio oral y público, de conformidad con lo establecido en el artículo 321 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN promovida en contra de los imputados JAVIER ALEXANDER ROJAS MENESES, , por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ley vigente para la fecha de la ocurrencia del hecho y previsto actualmente en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Pena.....