Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, otorgándole su aprobación. En consecuencia, conforme a lo solicitado, se levanta la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 29 de junio 2017, y participada con oficio N° 537 de fecha 8 de agosto de 2017. Ofíciese lo conducente al Registro respectivo. Se ordena el desglose de los documentos insertos a los folios 10 al 29 y 32, dejando en su lugar copia fotostática certificada de los mismos, asimismo, se acuerda la entrega de los documentos originales, que se encuentra guardados en la caja fuerte del Tribunal, folios 9 y 31 a la parte demandante. Se da por terminado el pr.....