Este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 21 de marzo de 2017 por la abogada LISBETH GUTIÉRREZ PERNÍA, actuando por sus propios derechos, contra la sentencia dictada el 10 de marzo de 2017 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, registrada en el Libro Diario bajo el N° 25.
SEGUNDO: SEGUNDO: Se declara que a la abogado LISBETH GUTIÉRREZ PERNÍA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 18.615, le asiste el derecho al cobro de honorarios profesionales de abogado en el presente asunto. En consecuencia, se fija como límite máximo por concepto de honorarios profesionales, la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL.....