, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN ejercida por los representantes judiciales de la parte actora, en contra del auto proferido por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 14 de octubre de 2003.
SEGUNDO: SE DECLARAN VÁLIDAS LAS NOTIFICACIONES realizadas en la persona de la abogada BETZY YANET DÍAZ MONTOYA, en nombre de su representada sociedad mercantil AGROINDUSTRIAL VALLES ALTOS C.A.
TERCERO: Continúese el curso de la causa en el estado en que se encontraba para el momento de dictarse el auto recurrido.
CUARTO: Se ANULA el auto apelado.
QUINTO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjes.....