Por los razonamientos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en aras de procurar la estabilidad del presente proceso y no causar un estado de indefensión a las partes, DECLARA: la reposición de la causa al estado de realizarse nuevamente la citación del ciudadano MARIO MARTÍNEZ BAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.142.634, domiciliado en Santa Bárbara de Barinas, Fundo El Milagro, Municipio Ezequiel Zamora, Estado Barinas, por medio de boleta, con copia fotostática certificada del escrito de solicitud, con inserción del presente auto, junto con la orden de comparecencia al pié; para que comparezca personalmente ante este Tribunal al tercer (3º) día de despacho siguiente a que conste en autos su citación, más dos días que se le conceden como término de la distancia, a cualquiera de las horas fijadas para despacho, de 8:30 a......