Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA suficientemente a los Ciudadanos: HENRY ALEXANDER GARCÍA PEDRAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 15.437.642; YOHANNA CAROLINE GARCÍA PEDRAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 16.233.653; MILAGROS ANDREYNA GARCÍA PEDRAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 18.959.217 y ADRIANA PAOLA GARCÍA PEDRAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 26.069.683, en su condición de hijos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus GENRRY JOSÉ GARCÍA BARRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 5.739.326.
Conforme al Artículo.....