En consecuencia, por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Dos de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: REANUDA EL PROCESO EN LA PRESENTE CAUSA, seguida a la joven IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA , al estado de celebrar AUDIENCIA PRELIMINAR, conforme a lo previsto en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: FIJA AUDIENCIA PRELIMINAR, en la causa seguida al la joven IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA ,; por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente KELLY DANIELA CHICA ROPERO; para el día JUEVES DOCE (12) DE ABRIL DEL AÑO 2012 A LAS 9:00 HORAS DE LA MAÑANA; a tal efecto, se ordena.....