D E C I S I O N
Por los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones, en su Sala Única, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Reina Coromoto Lacruz Hernández, en su condición de defensora del acusado VICTOR RAMIREZ ZAMBRANO.
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia dictada el día 21 de abril de 2009, y publicada en fecha 01 de junio del año en curso, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nro. 2, extensión San Antonio del Táchira de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual entre otros pronunciamientos condenó al referido acusado, a cumplir la pena de tres (03) años y seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de porte ilícito de arma blanca, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con el artículo 9 de la Ley de Arma.....